UN PASO ADELANTE
IMPUESTOS A LAS GANANCIAS, DECRETO 1242/2013
Durante el segundo encuentro con representantes del movimiento obrero organizado, la presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, informó que:
A partir del 1ro. de septiembre del año en curso, quedaran exentos pagarán impuestos a las ganancias los trabajadores activos, jubilados y pensionados que perciban hasta 15 mil pesos brutos, sin distinción del estado civil, Esta disposición tendrá alcance para aquellos trabajadores activos, jubilados y pensionados cuyos haberes en bruto mensuales no hayan superados los 15 mil pesos, devengados entre los meses de enero y agosto del año 2013.
Los trabajadores que ganan entre 15.001 y 25 mil pesos se beneficiarán con un aumento del mínimo no imponible del 20 por ciento.
Para los trabajadores en actividad y los jubilados y pensionados de la Patagonia, la suba del mínimo no imponible será del 30 por ciento, en el marco de lo establecido por una ley nacional que establece que Patagonia comprende a las provincias de La Pampa, Neuquén, Chubut, Río Negro, Santa Cruz, desde Carmen de Patagones a Tierra del Fuego. Obviamente Tierra del Fuego no está incluida (por el aumento del mínimo no imponible) porque por ley no tributa impuesto a las ganancias.
Es de destacar, que en el recibo de haberes se debe identificar el beneficio con el concepto "Remuneración y/o Haber no sujeto al Impuesto a las Ganancias”.
ASIGNACIONES FAMILIARES
Los grupos familiares con ingresos totales menores de $30.000, y donde ninguno de los cónyuges tenga ingresos superiores a $15.000, cobrarán según las siguientes cuatro escalas: hasta $4.800 de ingreso, $460 por hijo (Grupo I); de $4.801 a $6.000 percibirá $320 (Grupo II); de $6.001 a $7.800, $200 (Grupo 3); y quienes ganen de $7.801 a $30.000 recibirán $110 por hijo (Grupo IV).
RUBEN NUÑEZ
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