• CLAUSURA DE PADRONES: 13 de setiembre de 2013,
• EXHIBICiÓN DE PADRONES: 16, 17 Y 18 de setiembre de 2013.
• PRESENTACIÓN DE LISTAS: hasta el15 de octubre de 2013.
• ACTO ELECCIONARIO: 29 de octubre de 2013.
domingo, 8 de septiembre de 2013
MODIFICACIÓN EN IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y ASIGNACIONES FAMILIARES - COMUNICADO FATUN
Los trabajadores Nodocentes organizados en FATUN celebramos la
decisión del Gobierno Nacional a favor de los trabajadores activos y
pasivos.
UN PASO ADELANTE
Durante el segundo encuentro con representantes del movimiento obrero organizado, la presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, informó que:
A partir del 1ro. de septiembre del año en curso, quedaran exentos pagarán impuestos a las ganancias los trabajadores activos, jubilados y pensionados que perciban hasta 15 mil pesos brutos, sin distinción del estado civil, Esta disposición tendrá alcance para aquellos trabajadores activos, jubilados y pensionados cuyos haberes en bruto mensuales no hayan superados los 15 mil pesos, devengados entre los meses de enero y agosto del año 2013.
Los trabajadores que ganan entre 15.001 y 25 mil pesos se beneficiarán con un aumento del mínimo no imponible del 20 por ciento.
Para los trabajadores en actividad y los jubilados y pensionados de la Patagonia, la suba del mínimo no imponible será del 30 por ciento, en el marco de lo establecido por una ley nacional que establece que Patagonia comprende a las provincias de La Pampa, Neuquén, Chubut, Río Negro, Santa Cruz, desde Carmen de Patagones a Tierra del Fuego. Obviamente Tierra del Fuego no está incluida (por el aumento del mínimo no imponible) porque por ley no tributa impuesto a las ganancias.
Es de destacar, que en el recibo de haberes se debe identificar el beneficio con el concepto "Remuneración y/o Haber no sujeto al Impuesto a las Ganancias”.
Asimismo se informa, a partir del 1ro. de septiembre se
modifica el tope actual para percibir las Asignaciones Familiares, que
era de $8.400 por cada cónyuge y $16.800 por grupo familiar a $15.000
por cada uno de los cónyuges y $30.000 por grupo familiar.
Los grupos familiares con ingresos totales menores de $30.000, y donde ninguno de los cónyuges tenga ingresos superiores a $15.000, cobrarán según las siguientes cuatro escalas: hasta $4.800 de ingreso, $460 por hijo (Grupo I); de $4.801 a $6.000 percibirá $320 (Grupo II); de $6.001 a $7.800, $200 (Grupo 3); y quienes ganen de $7.801 a $30.000 recibirán $110 por hijo (Grupo IV).
UN PASO ADELANTE
IMPUESTOS A LAS GANANCIAS, DECRETO 1242/2013
Durante el segundo encuentro con representantes del movimiento obrero organizado, la presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, informó que:
A partir del 1ro. de septiembre del año en curso, quedaran exentos pagarán impuestos a las ganancias los trabajadores activos, jubilados y pensionados que perciban hasta 15 mil pesos brutos, sin distinción del estado civil, Esta disposición tendrá alcance para aquellos trabajadores activos, jubilados y pensionados cuyos haberes en bruto mensuales no hayan superados los 15 mil pesos, devengados entre los meses de enero y agosto del año 2013.
Los trabajadores que ganan entre 15.001 y 25 mil pesos se beneficiarán con un aumento del mínimo no imponible del 20 por ciento.
Para los trabajadores en actividad y los jubilados y pensionados de la Patagonia, la suba del mínimo no imponible será del 30 por ciento, en el marco de lo establecido por una ley nacional que establece que Patagonia comprende a las provincias de La Pampa, Neuquén, Chubut, Río Negro, Santa Cruz, desde Carmen de Patagones a Tierra del Fuego. Obviamente Tierra del Fuego no está incluida (por el aumento del mínimo no imponible) porque por ley no tributa impuesto a las ganancias.
Es de destacar, que en el recibo de haberes se debe identificar el beneficio con el concepto "Remuneración y/o Haber no sujeto al Impuesto a las Ganancias”.
ASIGNACIONES FAMILIARES
Los grupos familiares con ingresos totales menores de $30.000, y donde ninguno de los cónyuges tenga ingresos superiores a $15.000, cobrarán según las siguientes cuatro escalas: hasta $4.800 de ingreso, $460 por hijo (Grupo I); de $4.801 a $6.000 percibirá $320 (Grupo II); de $6.001 a $7.800, $200 (Grupo 3); y quienes ganen de $7.801 a $30.000 recibirán $110 por hijo (Grupo IV).
RUBEN NUÑEZ
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martes, 3 de septiembre de 2013
RESPONSABILIDAD PADRONES DEFINITIVOS - LLAMADOS A ELECCIONES
Atento algunas versiones respecto a la responsabilidad de la organización y control de las elecciones así como la confección de los padrones definitivos que se utilizaron y deberán utilizarse para el llamado a elecciones de las autoridades de la Organización Gremial, se recuerda a las compañeras y los compañeros nodocentes lo establecido en el Artículo 124º del Estatuto:
"El padrón de afiliados lo confeccionará la Junta Electoral..."
Asimismo, el Artículo 129º establece que:
"La Junta Electoral tendrá a su cargo la organización y control absoluto de la elección y su escrutinio. Solo deberá dar cuenta de su actuación a la Asamblea y las autoridades de la Asociación deberán facilitar a la misma todos los medios que esta reclame para el fiel cumplimiento de su cometido".
Finalmente, para mejor prover se publica la nota de fecha 15/01/2013 por la cual la H. Junta Electoral recibió por parte de este Delegado Normalizador los padrones provisorios de afiliados activos (UNC y DASPU) y jubilados.
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